viernes, 1 de octubre de 2010

Entrada en vigor del Decreto de Visado Obligatorio

Hoy 1 de octubre entra en vigor el esperado Decreto 1000/2010 sobre visado colegial obligatorio, www.boe.es/boe/dias/2010/08/06/pdfs/BOE-A-2010-12618.pdf. Como todos ustedes saben, a no ser que hayan vivido en otro planeta o se hayan informado exclusivamente por la web del coac de Gran Canaria, el visado obligatorio ha quedado reducido a diez supuestos, de los cuales afectan a los arquitectos sólo cuatro: proyecto DE EJECUCIÓN de edificación, certificado final de obra de edificación, legalizaciones y proyectos de demoliciones. Y además el decreto establece algunas medidas muy interesantes: la OBRA PÚBLICA que sea supervisada no requerirá visado; si el visado puede ser hecho en varios colegios bastará con que se haga en uno de ellos (certificado final de obra en colegios de arquitectos o aparejadores); y el visado se podrá solicitar en CUALQUIER colegio de arquitectos (no sólo en el de destino de la edificación= FIN AL MONOPOLIO TERRITORIAL).

El nuevo real decreto acaba con la posibilidad de que el visado se exija a trabajos distintos a los mencionados, con los que el urbanismo, interiorismo, tasaciones, peritaciones, informes, enseñanza media o superior, trabajo en la administración etc etc no serán objetos de aplicación de tasas por parte de los colegios de arquitectos. Y además se abrirá una SANA COMPETENCIA entre colegios por el visado más barato. Por supuesto que los incondicionales del Colegio podrán seguir visando voluntariamente todo lo que quieran (y pagando por ello), hasta las tarjetas de visita o la lista de la compra. Así los arquitectos que lo deseen (incluidos exdecanos) visarán sin problema la obra pública, aunque no sea obligatorio. Suponemos que se establecerán homenajes colegiales al efecto.

CONTRAMEDIDAS

Ante semejante desastre para las ansias recaudatorias de los colegios de arquitectos, el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España ha hecho “coincidir” curiosamente en el tiempo la entrada en vigor de este satánico (para ellos, claro) decreto 1000/2010 con un DECÁLOGO PARA EL NUEVO VISADO, www.coac-lz.com/sites/default/files/52-10.pdf . Hasta ahora no hacía falta regular el visado, pero ahora hay que tomar medidas. El bolsillo es el bolsillo, y el presidente del Consejo Superior es, curiosamente, catalán (saludos a los amigos de esa bella Autonomía). Para regocijo de los arquitectos y colegiados en general, nuestros representantes interpretan (y/o matizan) de una curiosa manera el texto del real decreto de visado, mediante el susodicho DECÁLOGO otorgado a modo de las tablas de la LEY, que un inspirado Moisés-Jordi nos traslada a través de nuestro decano Victor Hernández (a quien no se le conoce pronunciamiento al respecto, por cierto).

En esencia el DECÁLOGO desarrolla DIECIOCHO puntos y sus disposiciones derogatorias y finales (para que no quede duda sobre la profesión de los autores de tan singular documento). Un texto de abogados hecho para arquitectos. Y además abogados colegiales. Ya saben la versión colegial de la expresión “My Taylor is Rich”: “My Lawyer is Rich”.

Estos abogados han hecho un buen trabajo, y han dejado reducida la eficacia del Real Decreto 1000/2010 a poca cosa. Ponemos únicamente algunos ejemplos: ¿Que no hay que visar el proyecto BASICO? No pasa nada, ponemos en el NUEVO y OPORTUNO DECÁLOGO-reglamento que hay que presentar el proyecto básico para visar el de ejecución, y además el coste de visar el proyecto de ejecución incluye el visado del básico (el que lo haga “voluntariamente”). Otro ejemplo: ¿que se puede visar en cualquier colegio sin tener en cuenta el Territorio? Pues establecemos en el DECÁLOGO que el colegio receptor del encargo lo ENVIARÁ al colegio Territorial para visar, y lo devolverá visado. Y no seguimos porque ustedes, queridos lectores, son muy inteligentes y podrán sacar solitos sus conclusiones del resto del documento.

Este decálogo para visar entra también hoy en vigor, y como suponemos que ninguno de los arquitectos de España pasará una copia a la Comisión Nacional de la Competencia (www.cncompetencia.es), habrá que esperar a que algún caritativo ciudadano crítico (promotor, constructor, etc) lo haga, para que pongan al Consejo Superior y a nuestros decanos en su sitio. Recuerden que los listillos necesitan la complicidad de los tontos (todos nosotros) para que las leyes no se cumplan, y así salirse con la suya. Y además nosotros pagamos al abogado que ha hecho el “decálogo”. Ya conocen el dicho: “arquitecto, y pongo al letrado”.


PD. Felicidades a la web de Lanzarote por tenernos al día y permitir el acceso libre y gratuito a la información, mientras sigue en vigor la “ley seca” en otras demarcaciones.


Desde el Roque Nublo para toda Canarias,


Redacción de infocoac.