El colegio de arquitectos ha puesto a nuestra disposición esta mañana el informe del gobierno que anticipa el contenido de la Ley de Servicios Profesionales (LSP) en el que destaca EL FIN DE LA OBLIGATORIEDAD DE COLEGIACIÓN PARA LOS ARQUITECTOS. Esta LSP será aprobada en Consejo de Ministros antes de fin de mes. Además nos han facilitado acceso a la contestación del CSCAE a este informe, en el que nuestros representantes no se muestran de acuerdo con el contenido de la Ley, llegando incluso a calificar de inconstitucional su contenido (en particular que los colegios sean de adscripción voluntaria, y no obligatorios como hasta ahora).
La obligación de colegiación se mantendrá para el ámbito sanitario y jurídico, pero no para los arquitectos. El informe dice textualmente: "En este punto, conviene resaltar que NO se considera necesaria la OBLIGACIÓN DE COLEGIACIÓN para las PROFESIONES TECNICAS (arquitectos e ingenieros), porque en su mayoría prestan servicios a empresas, y no a consumidores finales, mitigándose así el problema de la información asimétrica. Además, desarrollan sus actividades cuyo ejercicio está ampliamente regulado (edificación, energía, medio ambiente, transporte), con obligaciones de aseguramiento (en edificación, singularmente) y controles externos que aseguran un adecuado nivel de protección al usuario."
Al desaparecer la colegiación obligatoria surge un control administrativo en forma de obligación de REGISTRO ADMINISTRATIVO (público) para arquitectos e ingenieros en la edificación. Es decir, los arquitectos que deseen ejercer la profesión deberán inscribirse en un registro de la administración, presumiblemente gratuito, y para el que habrá que aportar únicamente copia de la titulación académica. Así los consumidores seguirán contando con un registro de arquitectos, pero ahora público y gratuito, con lo que ganarán tanto los arquitectos como los usuarios.
El CSCAE deja caer en su contestación (punto 2) que este decreto supone el fin de los colegios profesionales: "La colegiación permite a las corporaciones profesionales que desempeñan fines de interés general y social cumplir las funciones públicas que la legislación vigente les atribuye. SU SUPRESIÓN (…)" . Desde infoCOAC queremos tranquilizar al CSCAE porque el informe dice expresamente que "En aquellos casos en que se suprima la obligación de colegiación NO DESAPARECERÁ EL COLEGIO, que quedará como colegio de adscripción voluntaria e incluso podrán seguir desempeñando funciones públicas."
Es decir, si el CSCAE está convencido de la utilidad de los colegios profesionales para los arquitectos, suponemos que creerán firmemente que el FIN DE LA COLEGIACIÓN OBLIGATORIA no significará en modo alguno una DESCOLEGIACIÓN MASIVA, como algunos auguran. Por ello no entendemos la postura contraria al anteproyecto de Ley, ni el claro nerviosismo que se aprecia en el comunicado. ¿O es que sospechan que los arquitectos creemos que este colegio no sirve para nada (y no han puesto remedio)?
Cuando próximamente entre en vigor la anunciada Ley de Servicios Profesionales, y el REGISTRO ADMINISTRATIVO alternativo al colegio, LLEGARÁ LA HORA DE LA VERDAD y veremos si los arquitectos DECIDEN LIBREMENTE SI PERTENECER O NO A ESTA ORGANIZACIÓN COLEGIAL, pagándolo evidentemente de su bolsillo (de los que se queden).
desde el Monte de la Esperanza, para toda Canarias,
redacción de infoCOAC.